¿Es peculado cuando un funcionario usa recursos federales en obras para las que no estaban etiquetados?
Ciudad de México.- Aún es delito de peculado cuando se usa en algo de la localidad. Sin importar el uso que se les dé, y aunque sea para acciones de gobierno, un servidor público estatal incurre en peculado cuando usa recursos públicos en algo diferente para lo que estaban etiquetados.
Y es que, mientras el Gobierno federal entrega a las entidades el paquete de recursos según lo aprueba el Congreso, los gobiernos locales, tanto estatales como municipales, y de las alcaldías, llegan a destinar parte del dinero a otros programas y tareas en los que se “necesitarían más”.
¿Por qué es peculado el uso incorrecto de recursos federales etiquetados?
Derivado de un amparo interpuesto por un tesorero del Ayuntamiento de Valladolid, Yucatán, quien peleaba un proceso penal en su contra argumentando no haber incurrido en el delito de peculado al usar dichos recursos para cuestiones oficiales en su localidad, pese a tratarse de recursos etiquetados.
El asunto llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al tratarse de un juicio de amparo, y al buscarse la interpretación directa de un término constitucional, como lo es la taxatividad, pues aseguraba que la descripción de este delito no se ajustaba a su situación.
Siendo ahí donde apenas el viernes pasado los ministros resolvieron que el delito de peculado sí aplica para los servidores públicos locales aún cuando se usen para asuntos de la localidad, citando el artículo 223 del Código Penal Federal (CPF):
Cualquier persona que sin tener el carácter de servidor público federal y estando obligada legalmente a la custodia, administración o aplicación de recursos públicos federales, los distraiga de su objeto para usos propios o ajenos o les dé una aplicación distinta a la que se les destinó”.
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